| Declaración conjunta sobre “Diversidad
en la Radiodifusión” |
Organizaciones internacionales piden
evitar la concentración de medios |
| Los relatores sobre “Libertad de Opinión
y de Expresión” de cuatro organizaciones internacionales firmaron
en diciembre del año pasado una declaración conjunta en donde piden
a los Estados miembros de cada continente adoptar políticas que favorezcan
la “diversidad” en los medios de comunicación como contracara de la
“concentración”. El documento acaba de hacerse público y DsD lo ofrece
a los lectores. |
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El 7 y 8 de diciembre del año pasado
tuvo lugar en la ciudad holandesa de Amsterdam una reunión entre los
relatores sobre Libertad de Expresión de las organizaciones Naciones
Unidas (ONU), Organzación de Estados Americanos (OEA), Organización
para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) y Comisión Africana
de Derechos Humanos y de los Pueblos (CADHP). Entre los cuatro representantes
emitieron una declaración conjunta en donde reclaman “Diversidad en
la Radiodifusión”.
El documento acaba de hacerse público luego de que circulara una primera
versión en inglés. DsD acerca este documento a los lectores dado que,
al menos hasta hoy, ninguno de los grandes medios le dio difusión.
Lamentablemente, la discusión sobre la concentración mediática en
nuestro país, no forma parte central de la agenda de temas periodísticos
sobre los que habitualmente se expiden las empresas de comunicación.
Hay excepciones: el año pasado, el Centro de Estudios Legales y Sociales
emitió un documento sobre “Derechos Humanos” en la Argentina, que
incluyó un
artículo de los catedráticos Martín Becerra y Guillermo Mastrini sobre
la concentración de medios en nuestro país.
Para los relatores de las organizaciones mencionadas, la diversidad
de medios es “fundamental” para “el libre intercambio de información
e ideas en la sociedad, en términos de dar voz y satisfacer tanto
las necesidades de información como otros intereses de todos y todas,
de conformidad con la protección que brindan las garantías internacionales
del derecho a la libertad de expresión”.
Como contracara de la diversidad, los relatores señalan a la concentración
mediática. En ese sentido, destacan que promover la diversificación
es vital “para prevenir la concentración indebida de medios de comunicación
o la propiedad cruzada de los mismos, ya sea horizontal o vertical”
y que para ello “se deben adoptar medidas especiales, incluyendo leyes
anti-monopólicas”.
Tales medidas, para los relatores, “deben implicar el cumplimiento
de estrictos requisitos de transparencia sobre la propiedad de los
medios de comunicación a todos los niveles. Además deben involucrar
un monitoreo activo, el tomar en cuenta la concentración de la propiedad,
en caso que sea aplicable, en el proceso de concesión de licencias,
el reporte con antelación sobre grandes combinaciones propuestas,
y la concesión de autoridad para evitar que tales combinaciones entren
en vigor”.
A continuación, el documento completo.
DECLARACIÓN CONJUNTA SOBRE DIVERSIDAD EN LA RADIODIFUSION
El Relator Especial de Naciones Unidas sobre Libertad de Opinión y
de Expresión, el Representante de la OSCE sobre Libertad de los Medios
de Comunicación, el Relator Especial de la OEA sobre Libertad de Expresión
y la Relatora Especial de la CADHP (Comisión Africana de Derechos
Humanos y de los Pueblos) sobre Libertad de Expresión y Acceso a la
Información,
Habiéndose reunido con representantes de las ONGs, miembros de la
academia y otros expertos en Ámsterdam los días 7 y 8 de diciembre
de 2007, bajo los auspicios de ARTÍCULO 19, la organización Campaña
Global para la Libre Expresión (Global Campaign for Free Expression),
asistidos por el Instituto para el Derecho de la Información (Institute
for Information Law - IViR), Universidad de Ámsterdam;
Recordando y reafirmando nuestras Declaraciones Conjuntas del 26 de
noviembre de 1999, 30 de noviembre de 2000, 20 de noviembre de 2001,
10 de diciembre de 2002, 18 de diciembre de 2003, 6 de diciembre de
2004, 21 de diciembre de 2005 y 19 de diciembre de 2006;
Destacando la importancia fundamental de la diversidad en los medios
comunicación para el libre intercambio de información e ideas en la
sociedad, en términos de dar voz y satisfacer tanto las necesidades
de información como otros intereses de todos y todas, de conformidad
con la protección que brindan las garantías internacionales del derecho
a la libertad de expresión;
Conocedores, en particular, de la importancia de la diversidad para
la democracia, la cohesión social y la amplia participación en el
proceso de toma de decisiones;
Conscientes del potencial de las nuevas tecnologías tanto para servir
como vehículos para la promoción de la diversidad como para generar
nuevas amenazas a la diversidad, incluyendo las resultantes de la
brecha digital;
Enfatizando la naturaleza compleja de la diversidad, que incluye la
diversidad de medios de comunicación (tipos de medios) y de fuentes
(propiedad de los medios), así como la diversidad de contenido (producto
de los medios);
Reconociendo los variados aportes que efectúan a la diversidad los
diferentes tipos de medios de comunicación – comerciales, de servicio
público y comunitarios – así como los que tienen diferente alcance
– local, nacional, regional e internacional –;
Notando que la concentración indebida de la propiedad de los medios
de comunicación, directa o indirecta, así como el control gubernamental
sobre los mismos constituyen una amenaza a la diversidad de los medios,
a la vez que generan otros riesgos, tales como la concentración del
poder político en manos de los propietarios o de elites gobernantes;
Enfatizando que los medios de comunicación estatales o de servicio
público independientes continuarán jugando un papel importante en
la promoción de la diversidad en el nuevo escenario de emisión digital,
inclusive a través de su rol único como proveedores de programación
confiable, de alta calidad e informativa;
Atentos al potencial para el abuso que tienen los sistemas de regulación
a los medios de comunicación en perjuicio, entre otros, de la diversidad,
particularmente cuando los órganos de control no cuentan con suficiente
protección contra la interferencia política o de otra índole;
Preocupados por el aumento de una serie de amenazas a la viabilidad
de la radiodifusión de servicio público en diferentes países, lo que
disminuye su capacidad para alcanzar su potencial de contribuir a
la diversidad de los medios de comunicación, así como por el fracaso
de muchos países en reconocer la radiodifusión comunitaria como un
tipo diferente de comunicación social;
Adoptamos, el 12 de diciembre de 2007, la siguiente Declaración para
la Promoción de la Diversidad en los Medios de Comunicación:
Puntos Generales
La regulación de los medios de comunicación con el propósito
de promover la diversidad, incluyendo la viabilidad de los medios
públicos, es legítima sólo si es implementada por un órgano que se
encuentre protegido contra la indebida interferencia política y de
otra índole, de conformidad con los estándares internacionales de
derechos humanos.
Un amplio acceso a educación pública y otros esfuerzos se
deben llevar a cabo para promover la adquisición de conocimientos
sobre los medios de comunicación, de forma tal que se asegure que
todos los miembros de la sociedad puedan entender y aprovechar las
nuevas tecnologías con miras a superar la brecha digital.
La transparencia debe ser el sello distintivo de los esfuerzos
de las políticas públicas en el área de la radiodifusión. Este criterio
debe ser aplicable a la regulación, propiedad, esquemas de subsidios
públicos y otras iniciativas en cuanto a políticas.
Se deben promover tecnologías de bajo costo que sean extensamente
accesibles con miras a asegurar el amplio acceso a las nuevas plataformas
de comunicación. Se deben explorar y promover soluciones tecnológicas
a los problemas tradicionales de acceso, inclusive los relacionados
con discapacidades auditivas o visuales.
Se deben implementar medidas para asegurar que la publicidad
oficial no sea utilizada como un medio para la interferencia política
en los medios de comunicación.
Sobre la Diversidad de Tipos de Medios de Comunicación
Se debe asignar suficiente ‘espacio’ para la transmisión
de las diferentes plataformas de comunicación para asegurar que el
público, como un todo, pueda recibir un espectro variado de servicios
de medios de comunicación. En términos de difusión terrestre, ya sea
análoga o digital, esto implica una asignación apropiada de las frecuencias
para usos de radiodifusión.
Los diferentes tipos de medios de comunicación – comerciales,
de servicio público y comunitarios – deben ser capaces de operar en,
y tener acceso equitativo a todas las plataformas de transmisión disponibles.
Las medidas específicas para promover la diversidad pueden incluir
el reservar frecuencias adecuadas para diferentes tipos de medios,
contar con must-carry rules (sobre el deber de transmisión), requerir
que tanto las tecnologías de distribución como las de recepción sean
complementarias y/o interoperable, inclusive a través de las fronteras
nacionales, y proveer acceso no discriminatorio a servicios de ayuda,
tales como guías de programación electrónica.
En la planificación de la transición de la radiodifusión
análoga a la digital se debe considerar el impacto que tiene en el
acceso a los medios de comunicación y en los diferentes tipos de medios.
Esto requiere un plan claro para el cambio que promueva, en lugar
de limitar, los medios públicos. Se deben adoptar medidas para asegurar
que el costo de la transición digital no limite la capacidad de los
medios comunitarios para operar. Cuando sea apropiado, se debe considerar
reservar, a mediano plazo, parte del espectro para la transmisión
análoga de radio. Al menos parte del espectro liberado a través de
la transición digital se debe reservar para uso de radiodifusión.
Para promover la diversidad se debe utilizar el sistema menos
invasivo para la administración del espacio radioeléctrico, tomando
en cuenta reducciones en la regulación si disminuye el problema de
escasez. El sistema de licencias, basado en la consideración de las
ondas radioeléctricas como un recurso público limitado, no es legítimo
para la transmisión a través de Internet.
Se requieren medidas especiales para proteger y preservar
los medios públicos en el nuevo espacio radioeléctrico. El mandato
de los medios públicos debe estar claramente establecido por ley y
debe incluir, entre otros, el contribuir a la diversidad, la cual
debe ir más allá de ofrecer diferentes tipos de programación, dar
voz a y satisfacer las necesidades de información e intereses de todos
los sectores de la sociedad. Se deben explorar mecanismos innovadores
para el financiamiento de los medios públicos, de forma tal que éste
sea suficiente para permitirles cumplir con su mandado de servicio
público, que sea garantizado por adelantado para periodos de varios
años y que sea ajustado de acuerdo a la inflación.
La radiodifusión comunitaria debe estar expresamente reconocida
en la ley como una forma diferenciada de medios de comunicación, debe
beneficiarse de procedimientos equitativos y sencillos para la obtención
de licencias, no debe tener que cumplir con requisitos tecnológicos
o de otra índole severos para la obtención de licencias, debe beneficiarse
de tarifas de concesionaria de licencia y debe tener acceso a publicidad.
Sobre la Diversidad de las Fuentes
En reconocimiento de la particular importancia que la diversidad
de los medios de comunicación tiene para la democracia, para prevenir
la concentración indebida de medios de comunicación o la propiedad
cruzada de los mismos, ya sea horizontal o vertical, se deben adoptar
medidas especiales, incluyendo leyes anti-monopólicas. Tales medidas
deben implicar el cumplimiento de estrictos requisitos de transparencia
sobre la propiedad de los medios de comunicación a todos los niveles.
Además deben involucrar un monitoreo activo, el tomar en cuenta la
concentración de la propiedad, en caso que sea aplicable, en el proceso
de concesión de licencias, el reporte con antelación sobre grandes
combinaciones propuestas, y la concesión de autoridad para evitar
que tales combinaciones entren en vigor.
Se debe proveer apoyo a aquellos que deseen establecer nuevos
tipos de medios de comunicación, con base en criterios equitativos
y objetivos aplicados en forma no discriminatoria.
Sobre la Diversidad del Contenido
Se pueden utilizar políticas públicas, para promover la diversidad
de contenido entre los tipos de medios de comunicación y dentro de
los mismos cuando sea compatible con las garantías internacionales
a la libertad de expresión.
Se debe considerar proveer apoyo para la producción de contenido
que contribuya de manera significativa a la diversidad, fundado en
criterios equitativos y objetivos aplicados en forma no discriminatoria.
Esto puede incluir medidas para promocionar productores de contenidos
independientes, incluso solicitando a los medios públicos que adquieran
una cuota mínima de su programación de dichos productores.
Se debe lograr un balance adecuado entre la protección de
los derechos de autor y derechos conexos y la promoción de la libre
circulación de información e ideas en la sociedad, inclusive a través
de medidas que fortalezcan el dominio público.
Ambeyi Ligabo
Relator Especial de Naciones Unidas sobre Libertad de Opinión y de
Expresión
Miklos Haraszti
Representante de la OSCE sobre Libertad de los Medios de Comunicación
Ignacio Alvarez
Relator Especial de la OEA sobre Libertad de Expresión
Faith Pansy Tlakula
Relatora Especial de la CADHP sobre Libertad de Expresión y Acceso
a la Información |
| DsD 25 - 1 - 2008 |
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